El sistema de prevención de lavado de activos en el país no es un proceso de «inacción», sino una estructura jerárquica y confidencial diseñada por la Ley 155-17. Según la Asociación de Bancos Múltiples (ABA) y expertos como Juan Ariel Jiménez, así funciona el rastro del dinero:
1. La Primera Línea: Los Bancos
Las entidades financieras son «sujetos obligados». Su función es preventiva y técnica:
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Debida Diligencia: Deben conocer el perfil económico del cliente y el origen de sus fondos.
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Alertas: Si un movimiento no coincide con el perfil declarado, se genera una alerta interna (esto no es un delito aún, sino una señal de revisión).
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El ROS: Si tras analizar la alerta hay indicios de ilícito, el banco emite un Reporte de Operación Sospechosa (ROS) a la UAF. El 64% de estos reportes en el país provienen de los bancos.
2. El Cerebro: La Unidad de Análisis Financiero (UAF)
La UAF recibe los ROS bajo estricta confidencialidad. Su rol es:
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Cruzar información: Analiza datos de bancos, inmobiliarias, joyerías y otros sectores.
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Informe de Inteligencia: Si detecta patrones criminales, elabora un informe técnico que envía al Ministerio Público.
3. La Fase Penal: El Ministerio Público
Es la única entidad facultada para convertir esos informes en una investigación penal y llevar el caso ante los tribunales.
Nota importante: La Superintendencia de Bancos no investiga transacciones individuales; su labor es supervisar que los bancos tengan los sistemas de prevención funcionando correctamente.
Fuente: SIN



