El Poder Ejecutivo dictó el Decreto 291-26, el cual establece el Reglamento de Aplicación de la Ley 1-26 (Orgánica de la Dirección Nacional de Inteligencia), estructurando formalmente el funcionamiento del Sistema Nacional de Inteligencia (SNI).
La nueva normativa dota a la DNI de un marco institucional de estricta confidencialidad, determinando que su personal —tanto civil propio como los miembros adscritos de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional— estará amparado bajo un régimen exclusivo y de anonimato. Por razones de seguridad del Estado, las instituciones de origen militar o policial quedan obligadas a mantener en reserva las nóminas de estos agentes, quienes además utilizarán identificaciones oficiales de uso restringido y estarán exentos de notificar viajes oficiales al extranjero a sus mandos tradicionales.
Una de las prerrogativas más relevantes del reglamento es la facultad otorgada a la DNI para estructurar, en coordinación con el Sistema Dominicano de Seguridad Social, un régimen especial o complementario de protección social.
Este esquema blindará la identidad de los oficiales en los registros públicos y contempla pensiones vitalicias especiales de hasta el 100 % de su salario para aquellos miembros con 60 años de edad y al menos 20 años de servicio público, previa solicitud al presidente de la República. Asimismo, se fijan pensiones por discapacidad a partir de los 5 años de servicio si una junta de tres médicos estatales avala una invalidez permanente.
Fuente: Diario Libre



